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24 agosto, 2020

[Artículo RPP] Rossana Mendoza: Infancia en orfandad

El MIMP tienen el enorme desafío de plantear una política de atención a la infancia en orfandad que no distinga condición económica, sino que atienda el derecho universal que les corresponde como sujetos de derechos.

Miles de niñas, niños y jóvenes han perdido madre y/o padre por la COVID-19, toda una generación que no podrá contar con su amor, protección y cuidados necesarios para sentirse seguros y caminar firmes por el mundo, pero tampoco tienen asegurado el sustento. El gobierno les dará un bono mensual de S/.200 soles hasta que cumplan los 18 años a aquellos considerados en pobreza y pobreza extrema ¿será suficiente?

La buena noticia es que el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) ya se dispone a elaborar la norma y generar el primer padrón, lo cual es excelente. Pero, no se trata de pensar en el hoy con la pandemia haciéndonos trizas, sino pensar en la condición de orfandad ante la ausencia de madre y/o padre en cualquier circunstancia, en la cual le corresponde al Estado asumir la responsabilidad en virtud de su rol garante de los derechos del niño. Hasta ahora los gobiernos solo se han ocupado de las niñas, niños y jóvenes en orfandad cuando tras una investigación son declarados en estado de abandono y entonces son institucionalizados y llevados a los Centros de Atención Residencial, otrora orfanatos u hospicios.

Pero ¿qué más está en juego cuando se trata de una niña o niño en orfandad? En primer lugar, está su condición psicológica, necesita apoyo especializado para enfrentar su pérdida y puede ser brindada a través de las redes de los Centros de Emergencia Mujer y otros del sector salud. En segundo lugar, se necesita asegurar que esa niña o niño permanecerá en familia en condiciones de seguridad sin riesgos de ser violentados, para que no terminen en calle o cometiendo infracciones, como es el caso de miles para quienes la casa es un lugar peligroso. En tercer lugar, se requiere el apoyo económico para que la familia pueda solventar los gastos de las niñas y niños, y entonces esos S/. 200 soles pueden resultar insignificantes considerando que es alrededor de S/. 6.70 diarios que no alcanza ni para un menú.

Siendo así, el esquema de atención a la infancia en orfandad podría considerar estos tres aspectos que no sólo tienen implicancias económicas, suponen medidas de atención y protección por tratarse de una condición en la que el derecho a vivir en familia ha sido vulnerado. Desde esta perspectiva, la ministra Sasieta y el MIMP tienen el enorme desafío de plantear una política de atención a la infancia en orfandad que no distinga condición económica, sino que atienda el derecho universal que les corresponde como sujetos de derechos, siendo la última medida, su institucionalización. En ese sentido, no se debiera hablar de bono sino de subsidio para todos los casos y no solo para los considerados en pobreza y pobreza extrema en contexto de pandemia, porque las familias que pierden a uno o más proveedores no estarán en las mismas condiciones para cuidar a sus niñas y niños, y en caso de tener alguna discapacidad, requerirá un conjunto de servicios complementarios cuyo subsidio debe ser mayor.

 

Lea la columna de la autora todos los viernes en RPP.pe

Sobre el autor:

Rossana Mendoza Zapata 

Docente de la Escuela de Educación de la Universidad Antonio Ruiz de Montoya

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