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18 septiembre, 2018

[Artículo] Empresas y derechos humanos

          En noviembre se cumplirán dos años del incendio de los cines UVK en Larcomar, Miraflores, que privó de la vida a cuatro trabajadores de escasos recursos. Medio año después, en junio del 2017,en la galería Nicolini de Las Malvinas, una galería comercial informal de Lima, otro incendio causó la muerte de dos jóvenes que, sin contratos ni horarios y recluidos con candados en contenedores metálicos usados ilegalmente como oficinas o depósitos, eran explotados laboralmente todos los días. Sería más exacto decir que el incendio fue solo la etapa final de una secuencia de violaciones que puso a estos jóvenes, como a tantos otros, en una situación de grave e intolerable precariedad laboral que compromete hasta sus propias vidas.

Hoy como todos los días, en La Pampa, Madre de Dios, en la zona de amortiguamiento de la Reserva Nacional del Tambopata, decenas de adolescentes y mujeres víctimas de trata son explotadas laboral y sexualmente en un contexto de minería ilegal. La mayoría de ellas lo hacen en bares que en realidad son fachadas para el comercio sexual al que son obligadas, y en los que se venden grandes cantidades de cerveza y otros licores de conocidas marcas nacionales.

Desde hace más de una década, la Organización de las Naciones Unidas (ONU) viene impulsando estrategias para que las empresas garanticen su obligación para con los derechos humanos en el ámbito de sus actividades. Bajo su encargo, el profesor de la Universidad de Harvard John Ruggie propuso al mundo, en el 2008, “tres pilares” que concretan esa obligación: proteger, respetar y remediar, detallados luego, en el 2011, con la formulación de 31 “Principios rectores”.

Principios rectores

Los principios rectores de Naciones Unidas sobre empresas y derechos humanos han ido ganando legitimidad en todo el mundo. Sus contenidos van orientando a los Estados y les plantean como tarea el desarrollo de instrumentos normativos y de políticas públicas que promuevan y aseguren actividades de negocio guiadas por el respeto de los derechos en distintas actividades lucrativas. La ONU impulsa su adopción mediante planes nacionales de acción sobre empresas y derechos humanos.

Como otros países, el Perú ha asumido el compromiso de elaborar un Plan Nacional de Acción sobre Empresas y Derechos Humanos. Lo hizo mediante el Lineamiento Estratégico N° 5 del Plan Nacional de Derechos Humanos 2018- 2021 (PNDH), aprobado en febrero de este año, que contempla la implementación de estándares internacionales de derechos humanos en las actividades de las empresas, tanto públicas como privadas. Ese compromiso ya había sido expresado en julio del 2017 durante la visita al Perú del Grupo de Trabajo de Naciones Unidas sobre la cuestión de los derechos humanos y las empresas transnacionales y otras empresas. El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, entonces, informó a los expertos de la ONU, Michael K. Addo y Dante Pesce, del compromiso de contar con dicho Plan Nacional de Acción en el 2019.

De este modo, nuestro país fue uno de los cinco primeros de América Latina, y uno de los 40 primeros en el mundo, que adoptó la decisión política de contar en esta materia con un instrumento estratégico de políticas públicas de ese nivel. Siete meses después de haber sido adquirido, el compromiso requiere ser cumplido con mayor contundencia y celeridad, debido a la complejidad de su implementación.

Tal como se ha previsto con acierto en el PNDH, el proceso de elaboración del Plan sobre Empresas y Derechos Humanos debe involucrar a buena parte del Estado, pero también requiere la activa participación de las organizaciones empresariales y representativas de la sociedad civil y de los organismos internacionales. Esta es una metodología que debe ser profundizada y concretada con cuidado para asegurar la legitimidad del producto.

Asimismo, debe tenerse en cuenta que las políticas públicas en materia de empresas y derechos humanos no se circunscriben solo a los mencionados principios rectores, sino que involucran otros estándares no vinculantes como las Directrices de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico para las Empresas Multinacionales, conocidas como“ Directrices de la OCDE” y la Declaración Tripartita de Principios de la Organización Internacional del Trabajo sobre las Empresas Multinacionales y la Política Social (también conocida como la Declaración Emn de la OIT), tal como lo reconoce el propio PNDH.

El Plan Nacional de Acción también debe considerar la lógica asumida en el propio PNDH, es decir, el enfoque de gestión por resultados, que busca hacer realidad la propuesta de la Agenda 2030 de las Naciones Unidas y su lema: “que na- die se quede atrás”. Lograr articular la actuación estatal es una tarea de la mayor importancia que debe ser encauzada mediante los instrumentos de políticas públicas de derechos humanos, y que también debe considerar a los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), cuyos indicadores país son elaborados por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI).

Metas

Tres son las metas para cumplir con sobre empresas y derechos humanos previstas en el PNDH. La primera es contar con una metodología con base en la cual             se desarrollará la línea de base, el diagnóstico y el Plan Nacional de Empresas y Derechos Humanos; la segunda, es contar con una línea de base y un diagnóstico aprobados, sobre la implementación de los principios rectores de la ONU sobre empresas y derechos humanos y otros estándares internacionales en el Perú. Ambas deben ser concluidas en el 2018. La tercera, que debe ser cumplida en el 2019, es una propuesta formal de Plan Nacional de Acción en Empresas y Derechos Humanos. A todas, luces, queda muy poco tiempo para cumplir con las dos primeras metas.

Un plan nacional de acción que se haga cargo de resolver problemas tan relevantes como la informalidad, el impacto de la industria extractiva y de las industrias comerciales en la vida de las comunidades originarias y el medioambiente, la discriminación y explotación laboral de grupos de especial protección, entre otros, constituye un importante gesto inicial para honrar la memoria de las víctimas de los sucesos en los cines UVK de Larcomar y de la galería Nicolini, así como para evitar que cientos de adolescentes y mujeres sean explotados en lugares como La Pampa, que son un estigma para el país.     

Artículo completo publicado en el suplemento Jurídica del Diario Oficial El Peruano 18/09/18

Sobre el autor:

Eduardo Vega

Director de Escuela de Derecho de la Universidad Antonio Ruiz de Montoya

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