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11 septiembre, 2020

[Artículo RPP] Rossana Mendoza: Nueva ley para las trabajadoras y trabajadores del hogar

La ley incluye condiciones laborales que se han debido asegurar hace mucho tiempo, pero que tuvieron como principal barrera la poca valoración que la sociedad peruana le da al trabajo de las mujeres en el ámbito del hogar y la discriminación a las mujeres que lo realizan.

El 5 de setiembre no solo se conmemoró el Día internacional de la mujer indígena, se aprobó en el Congreso la nueva ley para las trabajadoras y trabajadores del hogar por casi una total mayoría. Un voto en contra, solitario y retrógrado, dejó en evidencia un amplio consenso en torno a un asunto que ya no podía esperar. Se trata de medio millón –de mujeres en su mayoría– que cumplen labores en el ámbito del hogar en condiciones de desprotección, un trabajo que se ha precarizado mucho más durante la pandemia. La ley es un hecho y el Ejecutivo no puede dar marcha atrás.

Pero detrás de cada conquista en derechos hay una historia de lucha. El mérito es de las organizaciones de trabajadoras del hogar que desde la década de 1970 vienen denunciando la situación de explotación y abuso por parte de los empleadores –antes llamados patrones–, reproduciendo las relaciones de poder de colonizadores y hacendados hacia “su” servidumbre. Las hijas de familias indígenas y afroperuanas, llegaban a las ciudades buscando educación y trabajo, muchas veces captadas por una madrina o padrino que les ofrecía el sueño de una vida en ciudad, que en la mayoría de casos terminaba siendo una pesadilla. Son muchísimas las historias de mujeres y varones que hoy pueden testimoniar con orgullo los logros alcanzados gracias a sus madres, que trabajaban incansablemente para que puedan estudiar, aunque eso implicaba jornadas larguísimas, maltratos y pagos miserables.

La ley asegura que la edad mínima para laborar como trabajadora del hogar es de 18 años, si trabaja a tiempo completo su jornada no puede exceder las 48 horas semanales, ni puede ganar menos del salario mínimo vital (930 soles), contará con un contrato escrito que establecerá las condiciones laborales y que debe incluir dos gratificaciones anuales equivalentes a un salario completo, vacaciones de treinta días al año, descanso pre y post natal, derecho a la seguridad social y facilidades para poder estudiar en el nivel básico o superior, entre otros derechos. Asimismo, estarán protegidas contra el hostigamiento sexual y el despido arbitrario. Son condiciones laborales que se han debido asegurar hace mucho tiempo, pero que tuvieron como principal barrera la poca valoración que la sociedad peruana le da al trabajo de las mujeres en el ámbito del hogar y la discriminación a las mujeres que lo realizan, que encajan en los estereotipos de la mujer pobre, indígena o afroperuana. Ya no más.

Las relaciones laborales entre empleadores (no más patrones) y trabajadoras y trabajadores del hogar son iguales a cualquier otra de la esfera privada, no es servidumbre, no es ayuda, no es favor, tampoco deja la puerta abierta a la trata de personas bajo la forma de padrinazgo. Como dice Leddy Mozambite, secretaria general de la FENTTRAHOP, quien vaya a contratar debe hacerlo de acuerdo a ley porque “entre trabajadores no nos vamos a estar explotando”. Agregaría: entre trabajadores no nos vamos a estar maltratando ni discriminando. 

 

Lea la columna de la autora todos los viernes en RPP.pe

Sobre el autor:

Rossana Mendoza Zapata 

Docente de la Escuela de Educación de la Universidad Antonio Ruiz de Montoya

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